El autoconsumo solar es una fuente de energía renovable, limpia e inagotable que en los últimos años ha ido ganando más adeptos, tanto por parte de las propias administraciones públicas como de los consumidores particulares. Algo que se ha visto favorecido en gran medida por los cambios llevados a cabo en la normativa, pero también a la compensación de excedentes del autoconsumo compartido, la eliminación del impuesto al sol, la supresión de los límites de potencia, la producción de terceros y la reducción de los trámites
La cuestión es que desde el momento que decidimos dar un paso concreto en nuestra independencia energética y convertir nuestro hogar en un hogar solar, debemos tener en cuenta lo que necesitaremos en relación con el aspecto administrativo de esa instalación.
En la práctica de esto se ocupa la empresa instaladora pero no está de más comprender de que se trata. Por esta razón, queremos brindarte la información más importante para que puedas continuar con la instalación de paneles solares. Y es que, para legalizar tu instalación debes cumplir una serie de requisitos. Con lo cual, no es conveniente apresurarse, sino que las propias condiciones de la vivienda también tienen que permitirlo.
Pero, ¿qué se necesita para instalar placas solares? Hay que tener en cuenta que la realización de una instalación fotovoltaica es una reforma exterior, por lo que el propietario o promotor debe obtener el permiso pertinente del ayuntamiento y, en algunos casos, de la empresa comercializadora. El último cambio en la normativa de autoconsumo ha servido, entre otras cosas, para burocratizar los trámites del sistema de autoconsumo. A continuación te lo explicamos con todo detalle.
Trámites necesarios para la instalación de los paneles solares en 2023
Una vez tomada la decisión de instalar placas solares, lo primero que debemos hacer es contratar una empresa instaladora que se encargue de realizar todo el proyecto. Cuando tengamos claro cuál es la compañía que lo va a llevar a cabo, tendremos que tener en cuenta los trámites para instalar las placas. El primero está relacionado con los trámites administrativos para hacer ejecutar el montaje y el segundo son los trámites debe realizarse cuando las placas ya estén instaladas en el tejado. No obstante, antes de iniciar los trámites, es importante asegurarse de que tanto la instalación como el consumidor cumplen con los requisitos para poner placas solares. Además de comprobar si existen restricciones urbanísticas en la zona en el Plan General de Ordenación Urbana o si hay alguna ordenanza municipal que prohíba la instalación de placas en suelos rústicos, casco históricos, seguridad aérea o parajes naturales protegidos, por ejemplo. La responsabilidad de llevar a cabo todos los trámites para una instalación fotovoltaica recae sobre el particular, que es el propietario de la instalación. No obstante, existen figuras que pueden ayudarnos a agilizar las comunicaciones con las administraciones públicas. Una de ellas son los instaladores autorizados que ayudan con todo el tema de la documentación, así como de presentarla en las distintas oficinas de la administración y de las empresas comercializadoras.Documentación a preparar para obtener los permisos
En función del tipo de modalidad de consumo por el que se opte, de la potencia solar, de la tensión de red y de la comunidad autónoma, es necesario aportar distintos documentos a nivel local, autonómico y estatal. A continuación te ofrecemos un listado de trámites para la modalidad de autoconsumo con excedentes, que suele ser la opción preferida por los consumidores particulares.1. Memoria técnica de la instalación de paneles solares
El diseño de la instalación de sistemas fotovoltaicos es obligatorio tanto en las instalaciones de autoconsumo como en las de comercialización de electricidad. En el caso de las instalaciones domésticas de autoconsumo, se debe contar con una empresa instaladora homologada que redacte la memoria descriptiva del proyecto. Mientras que si hablamos de grandes instalaciones, se tiene que elaborar un proyecto técnico realizado por un ingeniero.2. Declaración responsable de comunicación de obra
La declaración responsable de comunicación de obra reemplaza a la licencia de obra en la mayor parte de las comunidades autónomas. Muchas de ellas han sido publicadas en sus correspondientes decretos para suprimir esta gestión. Con lo cual, en todos los municipios de esas comunidades autónomas, lo único que hay que hacer es notificar al Ayuntamiento la ejecución de la obra si nuestro equipo ni excede los 10 kW.Trámites después de la instalación fotovoltaica
1. Certificado de finalización de obra
El certificado de fin de obra es una prueba de que el trabajo se ha realizado correctamente y debe presentarse al estado autonómico o municipio responsable. Dependiendo del tamaño del sistema, este certificado será emitido por un técnico electricista. Para los sistemas de menos de 10kWp, si el sistema supera los 10kWp, será emitido por un técnico más avanzado.2. Inspección inicial e inspecciones periódicas
Tal como marca la normativa para instalar placas solares, este trámite no es necesario cuando se trata de instalaciones de menos de 100 kW, y conectada en Baja Tensión. De lo contrario, tendrá que llevarse a cabo una inspección por un OCA u Organismo de Control Autorizado. Otra gestión que pueden evitarse los particulares de pequeñas instalaciones de autoconsumo fotovoltaico.3. La autorización de explotación
Se trata de unas de las gestiones regidas por la comunidad autónoma, puesto que las pequeñas instalaciones de los usuarios particulares siempre se encuentran situadas en una única comunidad autónoma. Además, para equipos de menos de 10 kW, la autorización de explotación tiene que ser parecida al certificado de instalación de paneles solares gestionado por cada región. Un trámite que no es necesario para las pequeñas instalaciones fotovoltaicas.4. Contrato de compensación de excedentes
Como usuarios particulares, se trata de uno de los trámites que más nos interesan. Para poder disfrutar de la compensación por la energía solar volcada a la red eléctrica, es necesario suscribir el contrato de compensación de excedentes con el consumidor asociado, esto es, con la comercializadora eléctrica, para la compensación simplificada entre los excedentes y los déficits de consumo de la instalación de paneles solares para producción.Pasos de la legalización de la instalación de paneles fotovoltaicos
Los pasos para la legalización de nuestro sistema solar implica distintas fases que pueden ser realizadas por parte de la empresa instaladora que hayamos contratado y son los siguientes:Instalador autorizado
La instalación del sistema fotovoltaico tiene que realizarse por un instalador autorizado, lo que asegura el buen funcionamiento del sistema así como la durabilidad.Registro de la instalación
Se presenta junto con la documentación que pida cada comunidad autónoma, siendo registrada en la Consejería de Industria de la Comunidad Autónoma que corresponda. Dicho registro se lleva a cabo mediante el Boletín de Instalación Eléctrica, la Declaración Responsable y el resto que documentos necesarios que debe preparar el instalador a nuestro nombre.Validación de la instalación de paneles solares
El departamento de Industria de la comunidad autónoma en la que se ubique el domicilio en el que se ha llevado a cabo el proyecto se ocupará de validar los documentos y de comunicarlo a la comercializadora eléctrica. De esta manera, la distribuidora podrá saber que la instalación está preparada para realizar vertidos de excedentes para la compensación de autoconsumo.Contrato de acceso a la red para la compensación de excedentes
La empresa distribuidora, o la comercializadora adaptará el contrato de acceso a la compensación de excedentes en un plazo máximo de 10 días.Confirmación del contrato de compensación
Como propietarios de una instalación de paneles solares, tenemos 10 días para avisar a la empresa comercializadora nuestra conformidad o disconformidad con su propuesta de contrato. De lo contrario, se entenderán como aceptadas las condiciones reflejadas en el contrato de compensación de excedentes.Licencia de obra y los impuestos correspondientes
Estos son ICIO y la tasa urbanística. Esto consiste en un aviso al ayuntamiento. Estos se pueden bonificar en función, tal como se refleja en la última actualización de la normativa del autoconsumo.La autorización de explotación
Esta aprobación autoriza el funcionamiento de un sistema de producción eléctrica. No es necesaria para las instalaciones pequeñas. Si resulta necesaria para la presentación de un proyecto de obra más grande junto a los demás permisos para instalar placas solares.Normativa de las placas solares 2024
La normativa que rige los permisos para instalar placas solares 2024 es el Real Decreto 244/2019, que regula las condiciones técnicas, administrativas y económicas para la inversión en sistemas de autoconsumo fotovoltaico.Lo que dice el Real Decreto 244/2019 sobre el uso de las energías renovables
El Impuesto al sol
Desde el año 2018, la normativa suprimió el impuesto al sol que había estado en vigor desde el año 2015. Una tasa que tenía que abonarse por el autoconsumo de energía, por el mero hecho de estar conectados a la red eléctrica. Un recargo que terminó por desincentivar la instalación de paneles solares entre particulares. La eliminación de este impuesto trajo consigo numerosas ventajas. La mayor parte de ellas relacionadas con el ahorro y la amortización de la inversión llevada a cabo. Gracias a ello, se consigue un importante ahorro para las empresas, los trámites burocráticos se simplifican, la amortización de las instalaciones se reduce y se favorece el cumplimiento de los objetivos de autoconsumo energético.Establecimiento de tipos de instalaciones
La legislación actual permite dos tipos de autoconsumo: con excedentes y sin excedentes.Instalación de autoconsumo con excedentes
La modalidad con excedentes es ideal para aquellas instalaciones que se autoabastecen y cuando producen excedentes los vuelcan a la red eléctrica. El contador bidireccional mide los kWh y la empresa distribuidora le asigna un precio que es bonificado al productor, restándolo de la factura de la luz, habiendo firmado previamente el contrato fijado según la normativa vigente.Instalación de autoconsumo sin excedentes
Por su parte, en la modalidad sin excedentes, aunque se genere más energía de la consumida, esta no puede ser vertida a la red general. Suelen ser viviendas aisladas o que disponen de un sistema antivertido que no lo permite.El autoconsumo colectivo o compartido
Con la aprobación del Real Decreto 244/2019, se permitió el autoconsumo colectivo, estableciéndose las condiciones que deben cumplirse para compartir energía con otros consumidores. La normativa determina que un consumidor participa en un autoconsumo compartido cuando forma parte de un grupo de consumidores que se alimentan a través de un acuerdo de energía eléctrica que procede de instalaciones próximas a las de consumo y vinculadas a las mismas. Este tipo de instalaciones pueden conectarse de dos formas distintas:- Instalaciones próximas a la red interior: como es el caso de una comunidad de vecinos, por ejemplo.
- Instalaciones próximas a través de red: como dos empresas cercanas en edificios distintos.
- Los consumidores asociados tienen que estar conectados al mismo centro de transformación y la distribución de energía tiene que ser en BT (Baja Tensión).
- La producción del proyecto de paneles solares y los autoconsumidores tienen que estar registrados en la misma referencia catastral (tomando en consideración los primeros catorce dígitos).
- Tiene que haber una distancia de 500 metros como mínimo entre la planta solar y cada uno de los consumidores asociados.
Compensación de excedentes
Las instalaciones menores de 100 kWp pueden beneficiarse de la compensación de excedentes. Como ya hemos explicado, los excedentes de autoconsumo son toda aquella energía que genera una instalación solar pero que no llegamos a consumir. Mediante la modalidad de compensación de excedentes, lo que hacemos es verter la energía no consumida a la red general, siendo compensados económicamente por la distribuidora eléctrica en nuestra factura, descontándose el precio acordado por cada kWh. Cuando finaliza el periodo de facturación, se lleva a cabo el cálculo de excedentes en base a la tarifa que tengamos contratada. No obstante, para ello, es necesario cumplir con los siguientes requisitos:- La instalación tiene que ser de uso particular, lo que quiere decir que no pueden obtenerse beneficios económicos.
- Tiene que existir un contrato vinculante entre el comprador y el vendedor de los excedentes.
- La potencia de la instalación tiene que ser de menos de 100 kW.
Supresión de los límites de potencia
La supresión de los límites de potencia permitió que cualquier consumidor pueda beneficiarse de la energía producida por este tipo de instalaciones aunque se encuentren a una distancia superior a los 500 metros como se fijaba hasta el momento, lo que supone un impulso para este tipo de instalaciones, sobre todo en el medio rural y en el desarrollo de comunidades energéticas locales.Alquiler de tejados para generación de energía eléctrica
El alquiler de tejados para placas solares es una magnífica manera de beneficiarse del autoconsumo sin tener que realizar una inversión inicial. Una alternativa a la compra de paneles, diseñada para favorecer la transición ecológica y el autoconsumo solar. Dicho alquiler se refiere al renting, lo que significa que, aunque no seas propietario del sistema, sí podrás aprovechar todas sus ventajas:- Rentabilizar un espacio que antes no usábamos.
- Se revaloriza el terreno.
- Obtener una fuente de ingresos fija mientras dure el contrato. Las instalaciones solares suelen tener una vida útil de unos 25 o 30 años
- No es necesario realizar ninguna inversión inicial.
- Se contribuye a reducir la huella de carbono.
Subvenciones para la instalación de placas solares
Tanto las UE como las comunidades autónomas ofrecen cada vez más ayudas económicas para la instalación de placas solares, favoreciendo que cada vez más usuarios consuman energías renovables, cumpliendo con el compromiso ambiental fijado por los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS). Los tipos de ayudas que pueden disfrutarse por la instalación de placas solares son las siguientes:- Subvenciones europeas de los fondos Next Generation para el precio de la instalación de los paneles.
- Reducciones del IRPF, el IBI y el ICIO.
- Ayudas de las comunidades autónomas.
Simplificación de las gestiones para la instalación
Con la aprobación del Real Decreto 29/2021, se simplificaron los trámites para la instalación gracias a tres medidas principales que simplifican la tramitación del autoconsumo:- Exención de garantías económicas para instalaciones de menos de 100 kW.
- Autorización del autoconsumo compartido en alta tensión.
- Mejora del servicio de atención al cliente por parte de las empresas comercializadoras de energía.