El autoconsumo solar es una fuente de energía limpia, renovable e inagotable. Por eso, no extraño que, en los últimos años, el número de instalaciones haya aumentado considerablemente, tanto por parte de la administración como de los propios consumidores. Lo cual se ha visto favorecido en buena medida por los cambios realizados en la normativa. La eliminación del impuesto al sol, la compensación de excedentes del autoconsumo compartido, la supresión de los límites de potencia, la simplificación de los trámites y la producción de terceros, entre otras cosas.

Real Decreto 244/2019

La normativa de placas solares en 2022 está sujeta al Real Decreto 244/2019, que promueve el uso de las energías renovables y regula todo lo que tiene que ver con los trámites, las modalidades y las compensaciones. Algunos de los puntos más destacados de esta normativa son los siguientes:

  • Eliminación del impuesto al sol, puesto que hay tasas que gravan el autoconsumo eléctrico.

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  • Permite el autoconsumo compartido por comunidades de vecinos o asociaciones.
  • Compensación de excedentes. La normativa de autoconsumo actual ha eliminado lo que hasta la fecha era denominado como “balance neto” y lo ha sustituido por el de “Compensación de excedentes”. En caso de que se produzca más energía de la que se consume. El sobrante se vierte a la red eléctrica y, a cambio, se recibe una rebaja en la factura.
  • Supresión de los límites de potencia.
  • Opción de alquilar tejados para que pueda generarse electricidad.
  • Subvenciones para la instalación de placas solares en viviendas.
  • Simplificación de las gestiones para poner instalaciones en viviendas.

Tipos de autoconsumo

La normativa actual permite dos tipos de autoconsumo:

Con excedentes

Es una modalidad de autoconsumo ideal para aquellas instalaciones que se autoabastecen y cuando tienen excedentes en la producción los inyectan a la red eléctrica. El contador bidireccional mide los kWh y la empresa comercializadora le asigna un precio y se bonifica al productor restándolo de la factura de electricidad, habiendo firmado previamente el contrato fijado en base a la legislación actual.

Sin excedentes

Son instalaciones conectadas a la red que, en caso de tener excedentes en la producción energética, no pueden verterlos a la red general. Suelen ser aquellos casos de viviendas aisladas o que cuentan con un sistema antivertido que no permite que se vierta el excedente de energía.

Permisos y trámites para las licencias

En función del tipo de modalidad de autoconsumo que elijamos, las gestiones para legalizar las instalaciones pueden variar.

En el caso de las instalaciones con excedentes, los trámites que hay que hacer varían en función de la Comunidad Autónoma y del Ayuntamiento de la propia localidad, además de la potencia fotovoltaica y de la tensión de la red. Por lo general, suele ser necesario un cambio de contador, puesto que éste tiene que ser bidireccional.

Pero si se trata de una instalación sin excedentes, lo que hay que hacer es comunicar la instalación de los paneles solares a la comercializadora eléctrica y entregar el certificado de la instalación y el proyecto técnico a la autoridad correspondiente de cada comunidad autónoma.

Subvenciones para instalar paneles solares

Cualquier persona o comunidad de propietarios que quiera instalar paneles solares para un consumo de energía más limpio y ecológico puede acceder a las subvenciones que conceden las comunidades autónomas y ayuntamientos para reducir el coste de la instalación u obtener una reducción sobre impuestos como el IBI o el ICIO.

Sofía Rodríguez Buñuel
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