¿Qué son los excedentes de consumo?

Todos sabemos que las placas solares son una de las energías renovables más baratas que existen. Pero no sólo porque la electricidad se consigue a través del sol, sino también porque el sobrante que no consumimos se vierte a la red eléctrica, lo que nos permite obtener beneficios gracias a la modalidad de compensación de los excedentes de consumo.

La compensación de los excedentes de consumo consiste en verter la energía que no gastamos a la red para que la comercializadora nos compense económicamente al terminar el mes en la factura de la luz. Esto significa que por cada kWh que inyectamos en la red, la empresa nos hará un descuento del precio que tengamos fijado. 

Lo que debemos tener en cuenta es que el límite del descuento es la energía consumida, por lo que podemos lograr que la factura en esta partida se quede a cero. No obstante, deberemos seguir pagando los costes habituales si queremos seguir conectados a la red eléctrica, que son el alquiler del contador, la potencia y los impuestos, entre otros.

Desafortunadamente, incluso aunque produzcamos más energía de la que consumimos, no la podemos acumular, por lo que el excedente pasa a ser beneficio exclusivo de la comercializadora. Además, debes saber que la energía que consumimos no tiene el mismo valor que la que vertemos a la red. Puede darse el caso, por ejemplo, de que la comercializadora nos cobre 0,16 €/kWh y que nuestro excedente sea valorado en 0,06 €/kWh. 

Pero, aunque sea más cara, sigue siendo rentable en el caso de instalaciones de carácter residencial o pequeñas empresas, donde el consumo de energía es más constante. Pero si hablamos de una instalación industrial, puede ser interesante valorar la modalidad de la venta de excedentes. En este último caso, sería necesario firmar un contrato con la comercializadora o darse de alta como productor de energía solar.

Más información: Guía sobre las placas solares fotovoltaicas en 2022

¿Cómo acogerse a la compensación de excedentes de consumo?

Para poder acogerse a la modalidad de compensación de excedentes de consumo, es necesario que el usuario cumpla con dos requisitos:

  • Que la fuente de energía primaria sea renovable.
  • Que la potencia de la instalación no sea superior a los 100 Kw.
  • Contar con un contrato único para consumo asociado y para los consumos auxiliares.
  • Contar con un contrato de compensación de excedentes y la instalación de producción sin retribución extra. Únicamente se puede compensar la energía que no se ha consumido.
  • El consumidor y el productor acuerdan un contrato de compensación cumpliendo con lo establecido en el artículo 14 del RD 244/2019.

Para el caso del autoconsumo colectivo con excedentes, deben cumplirse estos mismos requisitos y además firmar un contrato de reparto de la energía. Aunque puede usarse el mecanismo que aparece en el RD 244/2019, cualquier otro mecanismo que se acuerde entre los consumidores asociados y que cumpla con estos requisitos es completamente legal.

Además, los consumidores deben notificar a la comercializadora el tipo de autoconsumo y su intención de acogerse a la modalidad de compensación simplificada. Para ello, es necesario que entreguen el acuerdo de reparto donde se contemplen las condiciones, de modo que la empresa pueda comenzar con la adecuación de los contratos de suministro.

Sofía Rodríguez Buñuel
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